OPINIÓN

Las diez violaciones del derecho internacional que Rusia perpetra en Ucrania

Por: | 18 de febrero de 2015
Texto tachado
Café Steiner les invita a compartir su café de este miércoles con la lectura de las lista de las normas de derecho internacional que Rusia ha violado y viola  en su anexión de Crimea y posterior instigación y apoyo a un movimiento secesionista en el Este de Ucrania. Pueden leer el texto completo en inglés, cortesía de Jean-Dominique Giuliani, Presidente la Fundación Robert Schuman, en “Russia, Ukraine and International Law” en European issues, nº 344, de 17 de febrero. Si las quieren en castellano, me he molestado en buscar las referencias originales. Son las siguientes.
Primero, artículo 2.4 (Capítulo I) de la Carta de las Naciones Unidas que dicen:
“Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas”.
Segundo, la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea de Naciones Unidas de 24 de octubre de 1970 en la que establecen los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. En el punto 1, dicha resolución, se establecen dos cosas aplicables en el caso de Ucrania:
Todo Estado tiene el deber de abstenerse de organizar o fomentar la organización de fuerzas irregulares o de bandas armadas, incluidos los mercenarios, para hacer in­cursiones en el territorio de otro Estado.
 Todo Estado tiene el deber de abstenerse de organizar, instigar, ayudar o participar en actos de guerra civil o en actos de terrorismo en otro Estado o de consentir activida­des organizadas dentro de su territorio encaminadas a la comisión de dichos actos, cuando los actos a que se hace referencia en el presente párrafo impliquen el recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza.
Tercero, Rusia también incumple claramente Rusia la Resolución 3314 (XXIX) de Naciones Unidas de fecha 14 de diciembre de 1974  en la que se define el concepto de agresión. En concreto, en el artículo 3, se dice que se considerará como acto de agresión, entre otros elementos, dos que específicamente se refieren al uso que Rusia hizo de sus tropas estacionadas en Crimea y luego sus acciones en el Este de Ucrania.
c) El bloqueo de los puertos o de las costas de un Estado por las fuerzas armadas de otro Estado.
e) La utilización de fuerzas armadas de un Estado, que se encuentren en el territorio de otro Estado, con el acuerdo del Estado receptor, en violación de las condiciones establecidas en el acuerdo.
g) El envío por un Estado, o en su nombre, de bandas armadas, grupos irregulares o mercenarios que lleven a cabo actos de fuerza armada contra otro Estado [..]
Cuarto, Rusia incumple el Acta Final de la Conferencia de Helsinki, firmado en 1975, que establece en su punto número I el respeto a la soberanía de los Estados, II la abstención de recurrir al uso de la fuerza, en el III la inviolabilidad de las fronteras, IV el derecho a la integridad territorial de los Estados o en el V el arreglo de las controversias por medios pacíficos.
 
Quinto, Rusia también ignora las resoluciones del Consejo de Europa, al que se unió en 1996, y que ya ha condenado las acciones de Rusia en dos ocasiones en tanto en cuanto violan el Estatuto del Consejo. Se trata de la Resolución 1990 (2014) y de la Resolución 2034 (2014)
Sexto, Rusia ha violado los términos del Memorándum de Budapest o acuerdo alcanzado entre Rusia, Estados Unidos, Reino Unido y Ucrania el 5 de diciembre de 1994, (al que se adhirieron China y Francia como testigos en razón de su condición de miembros del Consejo de Seguridad) mediante el cual Ucrania entrega las 1.800 cabezas nucleares de las que disponía a cambio de una garantía de seguridad de sus fronteras garantizada por los firmantes. Ese acuerdo, no se lo pierdan, fue firmado por Sergei Lavrov, entonces Ministro de Exteriores de Yelstin, y hoy Ministro de Exteriores de Putin.
Séptimo, Rusia ha violado el Tratado de Minsk de diciembre de 1991 que disuelve la URSS y pone en pie la Comunidad de Estados Independientes, con un compromiso explícito de respetar la integridad territorial de los estados.
Octavo, Rusia firmó en 1997 un Tratado de Amistad y Cooperación con Ucrania que también ha violado pues establecía la inviolabilidad de las fronteras de ambos países.
Noveno, Rusia ha violado el acuerdo militar que firmó con Ucrania en 1997 y prorrogó en 2010 que regulaba la presencia del ejército ruso en Crimea y el uso de bases e instalaciones
Y décimo, Rusia ha violado las constituciones de Ucrania y Crimea, que establecen que las modificaciones territoriales tienen que ser aprobadas por el conjunto de la población.
Visto este largo recorrido, resulta completamente delirante escuchar el discurso del Ministro de Exteriores ruso, Sergei Lavrov, en la Conferencia de Seguridad de Múnich pronunciado a principios de mes, en el que Lavrov dice lamentar que ni Europa ni Estados Unidos se hayan tomado en serio las promesas de crear una “comunidad de seguridad en Europa”.
Con total cinismo, Lavrov responde al Ministro de Exteriores Alemán, Frank Walter Steinmeier, que le había preguntado en qué normas de derecho internacional creía Rusia, que Rusia cree en las normas contenidas en la Carta de Naciones Unidas, en el Acta de Helsinki y en el Consejo de Europa….  ¿Se las habrá leído?

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